
La foto con la que comienza este post es de un cartel encontrado en las cercanías de mi casa, justo enfrente un gran árbol fue derribado, lo que seguramente motivó a algún ciudadano la pega de este peculiar instrumento de comunicación.

El árbol en cuestión ya se hallaba deteriorado en su base, puesto que el tronco estaba carcomido por alguna acción natural que no alcancé a distinguir. Seguramente el dueño de la propiedad donde se hallaba el ejemplar consideró el peligro de caer sorpresivamente. Quizás la misma autoridad decidió cortar el ejemplar.

Diego Petersen nos propone tres métodos para calcular el valor económico de un árbol: la mordida que se tiene que dar a la autoridad para talar, otra por el oxígeno y demás beneficios que produce y la última por el hecho de que es un ser vivo.
En el Reglamento de Parques y Jardines y Servicios Forestales de Guadalajara se establece que al talar un árbol es obligación reemplazar la masa forestal perdida.
Artículo 38.- Si procede la poda de árbol, el servicio solamente se hará previo pago del costo de la misma, establecida en la Ley de Ingresos vigente. El solicitante deberá compensar la masa forestal
perdida, con la donación de una o varias especies arbóreas a los viveros municipales y se deberá tomar
en consideración lo siguiente:
I. Especie y tamaño del árbol;
II. Años de vida aproximada;
III. Grado de dificultad para la poda o derribo;
IV. Circunstancias económicas del solicitante; y
V. Las situaciones de emergencia que influyan en el servicio que se prestará.
A la espera de que se reponga el árbol que originó este comentario, te invito a que compartas cuántos árboles hay en la cuadra en la que vives, ¿han disminuido?